La Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada el pasado 30 de marzo aprobó por unanimidad el siguiente calendario electoral, que regirá la elección del próximo presidente del Sestao River Club:
1 día: Notificación a la FVF y publicidad: 1 de abril.
5 días: Exposición en la sede del Club de las listas de socios con derecho a voto: 4, 5, 11, 12 y 13 de abril.
3 días: Plazo para interponer recurso por parte de los señores socios. 14, 17 y 18 de abril.
3 días: Resolución de aquellas por la Junta Electoral. Del 19 al 21 de abril.
7 días: Presentación de candidaturas. Del 24 al 30 de abril.
3 días: Proclamación de candidaturas por la Junta Electoral. Del 2 al 4 de mayo.
3 días: Plazo de recurso en vía de reposición ante la Junta Electoral. 5, 8 y 9 de mayo.
3 días: Exposición en la sede del club de candidaturas válidas. Del 10 al 12 de mayo.
1 día: Acto de votación. 14 DE MAYO. (Puede variar en función de cuando se dispute la última jornada de liga)
Lugar: Sala de Prensa del Campo Municipal de Las Llanas.
Horario: desde una hora y media antes del comienzo del Sestao River Club – C.D Izarra, hasta una hora y media después de la finalización del encuentro.
Aquellos candidatos que quieran optar a la presidencia del Sestao River Club, tienen que estar avalados –según recogen los estatutos del club y el decreto del G.V. 163/2010 del 22 de junio- por el 5% del censo de socios de la institución (1.941 socios, 1.170 con derecho a voto) que suponen tener que presentar alrededor de 59 firmas para constituirse válidamente como candidatos a la presidencia del Club y, cómo segundo requisito, para poder ser candidatos a presidente o miembro de la junta directiva “hay que tener una antigüedad de, al menos, 1 año como socio”.
A partir de ahora, todo el proceso electoral será supervisado por la Junta Electoral, constituida en la Asamblea, y que la forman los socios:
Alberto Etxeandia
Eleder Martínez
Karlos Gárate
Finalmente, mientras dure este proceso electoral, como recoge la ley del G.V. 163/2010 del 22 de Junio: “Los miembros de los órganos del Club Deportivo (junta directiva) continuarán en funciones, hasta la toma de posesión de sus sucesores, salvo imposibilidad manifiesta”.

